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Qué es Fiducia?

Contrato en virtud del cual una persona (fideicomitente) transfiere uno o más bienes a una Fiduciaria (persona jurídica), para la constitución de un patrimonio separado, cuya administración será ejercida según las instrucciones del o de los fideicomitentes, en favor de una o varias personas, llamadas fideicomisarios, con la obligación de restituirlos a la extinción del acto, a la o las personas designadas en el referido acto o de conformidad con la ley.

Fideicomitente (s):

Aporta bienes al fideicomiso (muebles, inmuebles, derechos, acciones). Se requiere capacidad legal para disponer de los bienes y derechos objeto del Fideicomiso, define la finalidad del fideicomiso. ​

El Fideicomitente tiene los siguientes derechos:

  • Pueden reservarse derechos en el acto constitutivo para ejercerlos directamente sobre los bienes fideicomitidos
  • Determinar en consenso con el Fiduciario (y con terceros, en casos especiales como en el fideicomiso de garantía, por ejemplo), las “reglas de juego” y exigir su cumplimiento
  • Exigir el cumplimiento de las finalidades establecida en el acto constitutivo
  • Exigir al fiduciario la rendición de cuentas
  • Nombrar el o los sustitutos del o de los fiduciarios
  • Determinar quien es el beneficiario del fideicomiso
  • Revocar el mandato otorgado al o los fiduciarios por incumplimiento de las obligaciones

Fiduciario:

Las Sociedades Fiduciarias son entidades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a la inspección y a la vigilancia permanente de la Superintendencia de Bancos y/o la Superintendencia de Valores y/o la Dirección de Impuestos Intrenos DGII. Son profesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta de terceros.

Reciben mandatos de confianza, los cuales se desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesores de sus clientes.

Fideicomisario o Beneficiario:

Es la persona natural o jurídica que recibe el beneficio del fideicomiso, sea durante y/o al terminar el fideicomiso. Puede ser el mismo fideicomitente. El Beneficiario puede ser designado en el acto constitutivo o expresarse en el acto los elementos necesarios que permitan posteriormente su identificación dentro del plazo de duración del fideicomiso., el beneficiario puede llegar a tener obligaciones además de derechos, pueden ser designados uno o varios.

Los Beneficiarios tienen los siguiente derechos:

  • Ejercer derechos de forma directa sobre los bienes afectados
  • Exigir la rendición de cuentas a los fiduciarios
  • Solicitar la sustitución del o los fiduciarios
  • Puede impugnar las actuaciones del fiduciario que entienda que van en perjuicio de sus derechos
  • Exigir los beneficios que el patrimonio fideicomitido genere